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El 'infierno fiscal' de Torra a las firmas familiares alienta otra fuga de Cataluña


Endurece el tratamiento sobre la transmisión de negocios familiares de padres a hijos. Los despachos admiten que reciben "muchas consultas" sobre posibles cambios de residencia.

 

 

"Si mantenemos los mismos impuestos, ¿se recaudará más o muchas empresas se irán y se perderá dinero?". La reflexión la hizo un alto directivo de Foment del Treball, la patronal catalana, hace ahora un año en el marco de la presentación del informe 'Por una fiscalidad competitiva para Cataluña', uno de los primeros documentos impulsados bajo la Presidencia de Josep Sánchez-Llibre, que planteaba una reforma fiscal integral en Cataluña que, entre otras cosas, reordenara los 18 impuestos propios existentes en la comunidad autónoma para evitar que se convirtieran en un inhibidor para la instalación de proyectos empresariales en territorio catalán. En el tiempo transcurrido desde entonces, el Govern de Quim Torra no sólo no ha avanzado en la configuración de un marco fiscal 'a la madrileña', como planteaba Foment, sino que acaba de aprobar una ley de medidas fiscales que 'toca' al corazón mismo del empresariado catalán, al endurecer el trato fiscal de la Administración a la transmisión de empresas familiares de padres a hijos.

 

La empresa familiar es toda una institución en Cataluña, donde el 88% del tejido empresarial responde a esta configuración y donde han nacido buena parte de los más exitosos proyectos empresariales del país. Allí nació el influyente Instituto de la Empresa Familiar, que tuvo como primer presidente a un barcelonés, Leopoldo Rodés, y que acaba de nombrar como nuevo presidente - el decimocuarto - a otro barcelonés, Marc Puig. Esta circunstancia no ha impedido que el Govern catalán haya dirigido la mirada a este segmento para tratar de obtener nuevos ingresos en un contexto de escasez recaudatoria y así ha aprobado una reforma del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones que deroga en Cataluña la compatibilidad entre la reducción del 95% sobre la transmisión de participaciones en empresas familiares y la bonificación en la cuota que se reconoce a las donaciones en vida y a las herencias de padres a hijos. 

 

"Esto va a afectar a muchísimos patrimonios empresariales", reconocía hace unos días el socio de la oficina de Garrigues en Barcelona, Pablo Torrano, en una charla organizada por el Círculo Ecuestre. El asunto es que no sólo se hace incompatible la reducción del 95% sobre la base con la bonificación en cuota, sino que también se ajusta ésta que hasta la reforma decretada por el Govern oscilaba entre el 99% y el 20% en función de la magnitud de la cuota a pagar y que ahora se reducirá a una horquilla de entre el 60% y el 0%. "Para las transmisiones que superen los tres millones de euros la bonificación se reduce a cero", explica Torrano. 

 

"El impacto será más o menos significativo en función de la distribución de la participaciones en la empresa familiar y del resto del patrimonio entre los herederos y de si éstos ya tenían un patrimonio preexistente elevado antes de recibir la herencia", señala Xavier Calaf, socio de Cuatrecasas. "Si solo se hereda la empresa, el impacto será menos significativo, ya que sólo se tributará sobre el 5%. La modificación aprobada afecta a las bonificaciones de la cuota de herencias de padres a hijos, que se eliminan si se hereda la empresa familiar". La cosa se agrava si a las participaciones de la empresa le acompaña otro patrimonio - el caso más común - ya que éste no se beneficia de la reducción del 95% para las participaciones de la empresa familiar y en función de su volumen puede quedar también fuera de la bonificación en cuota. Según Pablo Torrano, si antes el tipo máximo del Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Cataluña se situaba en el 32% con esta reforma puede incrementarse hasta el 38%. Un 'golpe fiscal' en toda regla.

 

Torra no ha sido el primero en mirar a los beneficios fiscales de la empresa familiar en busca de nuevos ingresos. El informe oficial del Ministerio de Hacienda sobre la propuesta de la Comisión de Expertos en materia de financiación autonómica ya apuntaba en esa dirección, aunque en otro sentido, el de abolir los regímenes fiscales que prácticamente desfiscalizan la herencia de negocios familiares, yendo mucho más allá de la reducción del 95% prevista en la normativa estatal.

 

Un destino fiscal más 'friendly'


Al calor de esa competencia fiscal entre territorios, de la certeza de que unos kilómetros más allá se pueden pagar menos impuestos por hacer lo mismo, y del 'infierno fiscal' en el que muchos empresarios consideran que se ha convertido Cataluña las consultas a los despachos por parte de grandes contribuyentes catalanes sobre las posibilidades de ejecutar un cambio de domicilio no paran de crecer. Así lo admitía el socio de la oficina de Uría & Menéndez en Barcelona, Carlos Durán, en la charla del Círculo Ecuestre. "Tenemos muchas consultas para tratar posibles deslocalizaciones hacia otros territorios. Los destinos preferentes son ahora Portugal, Italia, Suiza y el Reino Unido. Pero no es tan sencillo. Muchas veces la cuestión fiscal sí encaja, pero lo que no encaja es el proyecto vital. Si cambias de residencia, lo tienes que hacer de forma efectiva, no es un simple trámite".

 

Según el socio de Garrigues, Pablo Torrano, cuando la deslocalización se plantea dentro del territorio nacional la opción más recomendada es Madrid. "Hay otras comunidades autónomas como Galicia o Andalucía que están trabajando para hacer más atractivo su marco fiscal, pero la comunidad que ha mantenido esa apuesta durante más tiempo y de forma más estable es Madrid", asegura. En los últimos años y al calor de esa competencia fiscal entre territorios, el cambio de residencia de grandes patrimonios se ha convertido en un nuevo fenómeno fiscal y también en uno de los aspectos más perseguidos en la lucha contra el fraude, que trata de desenmascarar falsas deslocalizaciones realizadas con el único objetivo de obtener una ventaja fiscal. La Generalitat está siendo una de las Administraciones más estrictas en este campo. 

 

Según Pablo Torrano, de Garrigues, "hay muchas consultas, pero pocos cambios de domicilio", en muchos casos porque el 'calentón' se pasa en cuanto se analiza al detalle las implicaciones de cambiar de domicilio y en otros por las dificultades reales que conlleva. El fiscalista de Garrigues lo ilustra a partir del cambio legal en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones de Cataluña. Si la estrategia sucesoria de la empresa familiar fuera transmitir la titularidad de la misma en vida a la siguiente generación y tratar de buscar el marco fiscal más favorable, los herederos deberían cambiar su residencia hacia la autonomía de destino con al menos tres años de antelación para cumplir el requisito legal de haber residido en dicha región durante la mitad de los últimos cinco años. No todos están dispuestos a hacerlo.

 

Fuente: www.lainformacion.com